Bonificación para Jubilados y pensionados: cuánto cobrarán en junio, julio y agosto
El
Gobierno oficializó el refuerzo para las jubilaciones y pensiones mínimas que
había sido anunciado el 10 de mayo pasado. Este incremento se suma al 21% que
corresponde a la Ley de Movilidad y al Aguinaldo.
Según
detalla el Decreto 282/2023 en Boletín Oficial, se otorgará un refuerzo del
ingreso previsional por un monto máximo de $15.000, $17.000 y $20.000
que se pagarán en junio, julio y agosto de 2023.
Como
ya estaba previsto, en el mes de junio se pagará el medio aguinaldo, por lo que
un jubilado de la mínima percibirá $121.407. Además, quienes perciban una
jubilación o pensión de hasta dos haberes mínimos también cobrarán un
proporcional del refuerzo de hasta 5000 pesos. Así, una persona con ingresos de
hasta dos jubilaciones mínimas, a partir de junio pasará a percibir $146.876
más el aguinaldo.
Quiénes cobran el refuerzo
Los
y las titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la
Anses. Los beneficiarios y las beneficiarias de la Pensión Universal para el
Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus
modificatorias. También los beneficiarios y las beneficiarias de pensiones no
contributivas por vejez, invalidez, madres de siete (7) hijos o hijas o más y
demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra
a cargo de la Anses.
Cuánto cobrarán los jubilados en junio
Según
las disposiciones del Gobierno, así se cobrará el refuerzo del mes próximo.
Monto
del refuerzo:
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto menor o igual
a $70.938,24, el refuerzo será de 15 mil pesos.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$80.938,24 y menor o igual a $141.876,48, el refuerzo será de cinco
mil pesos.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$70.938,24 y menor o igual a $80.938,24, el refuerzo será la cantidad
necesaria para alcanzar $85.938,24.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$141.876,48 y hasta $146.876,48, el refuerzo será la cantidad
necesaria para alcanzar $146.876,48.
Beneficiarios:
Los
beneficiarios serán los titulares de jubilaciones y prestaciones vigentes que
cumplan con los criterios de monto de haberes establecidos.
Fecha
de cobro:
El
refuerzo se cobrará durante el mes de junio.
Métodos
de cobro:
Los
jubilados podrán cobrar el refuerzo a través de los métodos de cobro
habituales, como depósito bancario en la cuenta de jubilación, cobro en
efectivo en las sucursales bancarias habilitadas o mediante la utilización de
la Tarjeta de Débito de la Seguridad Social.
Cuánto cobrarán los jubilados en julio
Según
las disposiciones del Gobierno, así se cobrará el refuerzo del mes de julio.
Monto
del refuerzo:
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto menor o igual
a $70.938,24, el refuerzo será de 17 mil pesos.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$82.938,24 y menor o igual a $141.876,48, el refuerzo será de 5 mil
pesos.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$70.938,24 y menor o igual a $82.938,24, el refuerzo será la cantidad
necesaria para alcanzar $87.938,24.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$141.876,48 y hasta $146.876,48, el refuerzo será la cantidad
necesaria para alcanzar $146.876,48.
Beneficiarios:
Los
beneficiarios serán los titulares de jubilaciones y prestaciones vigentes que
cumplan con los criterios de monto de haberes establecidos.
Fecha
de cobro:
El
refuerzo se cobrará durante el mes de julio.
Métodos
de cobro:
Los
jubilados podrán cobrar el refuerzo a través de los métodos de cobro
habituales, como depósito bancario en la cuenta de jubilación, cobro en
efectivo en las sucursales bancarias habilitadas o mediante la utilización de
la Tarjeta de Débito de la Seguridad Social.
Cuánto cobrarán los jubilados en agosto
Según
las disposiciones del Gobierno, así se cobrará el refuerzo del mes de agosto.
Monto
del refuerzo:
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto menor o igual
a $70.938,24, el refuerzo será de 20 mil pesos.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$85.938,24 y menor o igual a $141.876,48, el refuerzo será de 5 mil
pesos.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$70.938,24 y menor o igual a $85.938,24, el refuerzo será la cantidad
necesaria para alcanzar $90.938,24.
- Para
titulares cuyas prestaciones vigentes sumen un monto superior a
$141.876,48 y hasta $146.876,48, el refuerzo será la cantidad
necesaria para alcanzar $146.876,48.
Beneficiarios:
Los
beneficiarios serán los titulares de jubilaciones y prestaciones vigentes que
cumplan con los criterios de monto de haberes establecidos.
Fecha
de cobro:
El
refuerzo se cobrará durante el mes de agosto.
Métodos
de cobro:
Los
jubilados podrán cobrar el refuerzo a través de los métodos de cobro
habituales, como depósito bancario en la cuenta de jubilación, cobro en
efectivo en las sucursales bancarias habilitadas o mediante la utilización de
la Tarjeta de Débito de la Seguridad Social.